El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios.
Está regulado en la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, publicada en el BOE núm. 153 de 27 de Junio de 2013, en el Título I “Informe de Evaluación de los Edificios”.
Establece su estado de conservación, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad, y aporta el certificado de eficiencia energética.
Están obligadas a encargar dicho informe a un técnico competente las comunidades de edificios residenciales que tengan una antigüedad superior a 50 años.
Además para cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, es de obligatoria presentación dicho informe previamente, cuando los propietarios del edificio van a solicitar ayudas para realizar obras de conservación, de accesibilidad o de eficiencia energética.
En ca-administración contamos con la experiencia de Arquitectos capacitados para realizar el informe IEE.
Existen ayudas para la realización del informe, que consisten en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe del edificio.
Una vez realizado el informe se deberá remitir una copia del mismo a la administración.
Si del informe se desprende la necesidad de la realización de obras en el edificio, también habrá que enviar dicha relación a la administración.
Si no se realiza el IEE en la comunidad, se considera infracción urbanística, con las consecuencias derivadas de la aplicación de la normativa urbanística.