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¿Qué es el IEE? ¿Estamos obligados en mi comunidad?

El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios.
Está regulado en la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, publicada en el BOE núm. 153 de 27 de Junio de 2013, en el Título I “Informe de Evaluación de los Edificios”.

Establece su estado de conservación, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad, y aporta el certificado de eficiencia energética.

Están obligadas a encargar dicho informe a un técnico competente las comunidades de edificios residenciales que tengan una antigüedad superior a 50 años.

Además para cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, es de obligatoria presentación dicho informe previamente, cuando los propietarios del edificio van a solicitar ayudas para realizar obras de conservación, de accesibilidad o de eficiencia energética.

En ca-administración contamos con la experiencia de Arquitectos capacitados para realizar el informe IEE.

Existen ayudas para la realización del informe, que consisten en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe del edificio.

Una vez realizado el informe se deberá remitir una copia del mismo a la administración.

Si del informe se desprende la necesidad de la realización de obras en el edificio, también habrá que enviar dicha relación a la administración.

Si no se realiza el IEE en la comunidad, se considera infracción urbanística, con las consecuencias derivadas de la aplicación de la normativa urbanística.