c o n t a c t o :     9 6  1 0 5  3 0  5 0   -   6 3 3  5 1 6  0 0 2   -    6 2 2  1 2 3  6 4 5   -    c a . f i n c a s @ g m a i l . c o m

¿A qué me expongo si cambiamos de empresa de mantenimiento del ascensor?

Primero, para hacer el cambio, la comunidad no tiene que preocuparse ni realizar ningún trámite con la antigua empresa de mantenimiento o Industria. La nueva empresa mantenedora se encargará de la realizacion de todos los documentos precisos y gestionará el cambio.

Sí que es obligatorio es tener contratado un servicio de mantenimiento, con una empresa inscrita en el Registro de Empresas conservadoras de aparatos elevadores (RCAE), pero la comunidad puede elegir la empresa independientemente de quien lo ha instalado o lo mantenga actualmente.

Es una práctica habitual por parte de las empresas, que al comunicar el cese del actual contrato, utilicen frecuentemente el tema de los “recambios originales”. No hay que preocuparse, pues todas las empresas acreditadas para el mantenimiento de ascensores utilizan piezas homologadas y que se encuentran en el mercado, por lo que cualquier empresa puede disponer de ellas.

Con respecto al periodo de renovacion y las prorrogas automáticas, la legislación en materia de consumo, estable que estos contratos no pueden ser de larga duración, no pueden contener cláusulas de prórroga automática por periodo igual de largo y no pueden contener cláusulas con derecho a indemnización. Es por eso que las sentencias (en el caso de tener que llegar a este estremo) están dando la razón a las comunidades eliminando las indemnizaciones y las prórrogas abusivas.